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¿Que hacer cuando la policía te detiene en una tetera?

Por Mariano Sepulveda | La que sigue es una nota que me llevo varios días para recopilar información que sea entendible y que te facilite...

Por Mariano Sepulveda | La que sigue es una nota que me llevo varios días para recopilar información que sea entendible y que te facilite saber que hacer cuando te detiene la policía. 
No sé a que achacarle este clima de efervescencia social en la región sudamericana, a las causas políticas, económicas, o hasta la brisa bolivariana que está entrando por el norte. De cualquier forma siempre es bueno saber por qué podría detenerte la policía en Argentina.
Es entendible que si estás en una tetera con la verga de uno en la boca, y empalado por detrás, el oficial de turno pregunte a los tres, casi infantilmente: ¿que están haciendo? Muchos canas se prenden en la joda y descargan, pero algunos no y te agarran en "flagrancia".
Muchos sueñan con encontrarse un cana como el  de esta foto, pero la realidad suele ser mucho más cruel al momento de enfrentarnos, en el caso de que la policía esté tras tus pasos, lo mejor es tener la cabeza fría y el número de un abogado cerca. 
Muchos sucumben a la coima como para arreglar todo y seguir con sus vidas, es real que hay muchos policías que la piden, pero cuanto antes interrumpamos esa cadena, más rápidamente se cortará... No coimees, ni te dejes coimear. 


Las Fuerzas de Seguridad de la Argentina son: La Policía Federal, la Prefectura Naval, la Gendarmería Nacional y la Policía de Seguridad Aeroportuaria. Se encargan de prevenir delitos y también intervienen cuando un delito se está cometiendo. Actúan en todo el territorio de nuestro país.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, actúa la Policía de la Ciudad y la Federal. En las provincias, las fuerzas policiales de cada lugar. Tienen las mismas funciones de prevenir delitos. Por eso, cuando hablemos de “Policía” estamos incluyendo a todas las fuerzas que te mencionamos.

La Policía tiene la facultad de realizar actos que te pueden afectar. Por eso es importante saber qué es lo que puede hacer y qué no.
Esas facultades estas mencionadas en la ley. La policía siempre tiene la obligación de actuar dentro de la ley.

Sepamos nuestros derechos. ¿Que hacer cuando la policía te detiene en una tetera o garchando en un lugar público? 


Si te detienen por una "contravención" o "falta", ojo con lo que firmás: a veces, sin darte cuenta, ponés la firma en una "declaración indagatoria" que ni leíste, en la que reconocés la falta supuestamente cometida (escándalo, desorden, ebriedad, vagabundeo, etc.). Tenés derecho a llamar un abogado que te asista en la declaración indagatoria. También tenés derecho a negarte a declarar. 
ESTO ES FUNDAMENTAL SI TE AGARRAN EN UNA #TETERA
Algunos "canas" se prenden pero: ¿quien te asegura que el que te muestra semejante garompa no te está probando?

Las facultades más importantes de la Policía son: 


La detención o aprehensión: Significa que la policía puede detenerte. Para que esto suceda la Policía tiene que verificar que estás cometiendo un delito o que estás a punto de cometerlo. Esto se llama “flagrancia”. También la Policía puede detenerte cuando un juez se lo ordena. En este caso, el juez tiene que hacer una orden escrita de detención.
La requisa: Es una facultad de la policía que consiste en revisar a una persona por sobre sus ropas. Lo hace para saber si la persona está portando armas, drogas o cualquier otro objeto relacionado con un delito.
El secuestro: Es la facultad que tiene la policía de sacarte determinados objetos. También estos objetos tienen que estar relacionados con algún delito. Por ejemplo: dinero, automóviles, bicicletas, motos, armas de fuego, drogas y teléfonos celulares. 

Recordá que en todos estos casos la policía necesita, para que su actuación sea válida, la presencia de 2 testigos que no deben pertenecer a ninguna fuerza de seguridad.

¿Cuándo puede detenerme la policía? 


La policía puede detenerte si sospecha de que estás cometiendo un delito o si estás a punto de cometerlo. Esto se llama “Flagrancia”. Te llevarán a una comisaría y te leerán los derechos que tenés en este tipo de situaciones. La policía debe comunicar inmediatamente tu detención al Juez de turno y al Fiscal.
La Policía también puede detenerte cuando un juez se lo ordena. En este caso, la orden tiene que ser escrita y en ella tiene que estar tu nombre completo.
Puede ocurrir que recuperes tu libertad desde la misma comisaría. En este caso, te explicarán cuáles son tus obligaciones. Es importante que las cumplas, porque la causa no se terminó. Algunas obligaciones pueden ser: concurrir al Juzgado o a una Fiscalía un día específico; no salir del país,dejar de contactarte con determinadas personas o no ir a determinados lugares. 
La policía NO puede detenerte por tu ideología política, raza, nacionalidad, etnia, orientación sexual o religión.

¿Pueden detenerme para “averiguar mis antecedentes”?


NO. Ninguna ley faculta a la policía a detenerte para averiguar tus antecedentes penales ni de ningún otro tipo. 

¿Pueden detenerme para identificarme correctamente? 


Sí. La policía puede detenerte para identificarte correctamente. Para que el proceso de identificación dure lo menos posible es importante que lleves con vos tu documento nacional de identidad (DNI). 
Si la policía decide trasladarte a la comisaría para completar tu identificación también lo puede hacer. 
En todos los casos el proceso de identificación no puede superar las 4 horas.
Una vez que finaliza el proceso de identificación la policía tiene la obligación de dejarte en libertad.
Si la detención fue solo por este motivo, no se te formará ninguna causa, aunque la policía tiene el deber de informar que te detuvo al juez en turno. El juez va a verificar que la policía haya respetado el tiempo máximo de la detención.

En estas situaciones tenés derecho a: 

1. Que la policía no retenga tu documento nacional de identidad (DNI)
2. Que no te esposen
3. Que no te saquen fotos
4. Que no te lesionen, te insulten o te ofendan de cualquier otro modo.
5. Que no te revisen.

Si en cualquiera de estas situaciones, sos víctima de golpes, maltratos o tortura por parte de una fuerza de seguridad, tenés que acudir rápidamente a un hospital para contarles qué pasó; que te atiendan y te entreguen una constancia sobre las lesiones que sufriste. 
Nunca dejes que te desnuden y en el caso de que te agredan concurrí luego a un hospital a constatar tus lesiones. Preconfigurá tu prueba para luego poder agregarla al expediente de la denuncia que tramites. 

¿Qué derechos tengo cuando me detienen?


Cuando te detienen tenés derecho a:

Que te traten con respeto. La policía no puede insultarte, ni hacerte comentarios que te ofendan. Tampoco te pueden obligar a desnudarte. Entiendo que es la fantasía de muchos, pero mejor no.
Que no te peguen. Sólo pueden usar una fuerza mínima en caso de que te resistas. Si te lesionan, es un delito y los podés denunciar. 
Guardar silencio. En ningún caso estás obligado a hablar. Si tenés dudas es preferible que no digas nada. El silencio que guardes no puede ser usado en tu contra.
Llamar a un abogado de tu confianza. Si no tenés un abogado de confianza o no podés pagar un abogado, podés pedir que te asignen un Defensor Oficial, que te asistirá de manera gratuita.
Que te informen el motivo de la detención 
Hablar en privado con tu abogado, con un familiar o con cualquier persona que vos elijas
Que informen al Juez, al Fiscal y al abogado defensor sobre tu detención.
→ Que te informen el nombre del juez, fiscal y defensor
→ Que te lleven inmediatamente en presencia del juez
Que te revise un médico
→ Leer o a que te lean cualquier acta o documento que debas firmar.
Que no te alojen con personas de otro género 

¿Qué sucede si soy extranjero? 


Este item lo pensé ante tanto venezolano y extranjeros en general recientemente llegados a nuestras tierras. 
Tenés derecho a que tu detención sea informada a miembros de la Embajada o Consulado de tu país de origen.  

Si soy menor de 18 años de edad, ¿Qué sucede?


Si tenés menos de 18 años, la ley penal te considera menor de edad.
En este caso, tenés los mismos derechos que las personas adultas, pero no te pueden llevar a comisarías o cárceles de personas adultas.
Te tienen que trasladadar al Centro de Admisión y Derivación (CAD-Inchausti), ubicado en la calle Presidente Perón 2048, Ciudad de Buenos Aires.

¿La policía puede usar fuerza para detenerme?


Sí. Pero sólo puede usar la fuerza mínima necesaria para detenerte y esposarte. Por ello, si no te resistís a la detención, la policía no debe usar ninguna fuerza.
Cualquier lesión que te poduzcan, es un delito y lo podés denunciar.

¿Puede un policía examinar mi teléfono celular u otro aparato electrónico (tablet, GPS, computadora portátil, etc.)? 

No. La policía no puede revisar el contenido de tus dispositivos electrónicos, salvo que exista una orden judicial que lo autorice. 

Los lugares públicos son tentadores por la adrenalina que provocan, pero ahí te pueden detener en "flagrancia"

Información útil: 


▶ MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION www.jus.gob.ar Centros de acceso a la justicia Tel. 0800-222-3425 SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS www.jus.gob.ar/derechoshumanos 
▶ Programa Nacional de Lucha contra la Impunidad Tel. 0800-122-5878 (011) 5300-4000 (interno 76887) Centro de denuncias y orientación ciudadana Tel. 011-5167-6500 internos 6541/6642/6545 denuncias@derhuman.jus.gov.ar 
▶ INADI http://inadi.gob.ar Tel. 4380-5600 / 4380-5700 Asistencia gratuita 24horas: 0800-999-2345 
▶ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION www.minseg.gob.ar Irregularidades en el desempeño y actuación de las Fuerzas de Seguridad http://minseg.gov.ar/index/titulo/programacontra-la-violencia-institucional-383 tel. 011-5217-0677/0676 violenciainstitucional@ mpd.gov.ar 
▶ MINISTERIO PUBLICO FISCAL www.mpf.gob.ar Procuraduría de violencia institucional www.mpf.gpb.ar/procuvin tel. 011-6089-9054 
▶ Programa de Acceso Comunitario a la Justicia Agencias Territoriales de Acceso a la Justicia (ATAJO) www.mpf.gob.ar/atajo tel. 011-6089-9089/9081/9101 
▶ Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC) http://www.mpf.gob.ar/dovic tel. 011-6089-9114/9135// 4959-5983 
▶ Defensoría del Pueblo de la Nación: http://www.dpn.gob.ar tel. 011-4819-1550/1572

PATROCINIOS JURIDICOS GRATUITOS 

En los siguientes lugares podrás encontrar asesoramiento jurídico de abogados especialistas que te informarán y asesorarán de manera gratuita: 
▶ Palacio de Tribunales. Centro de Formación Profesional Talcahuano 550, 8º piso. Ciudad de Buenos Aires Lunes, martes, jueves y viernes de 8 a 18 hs 4371-7679 / 4371-2861 / 4371-1340 ▶ Centro de Información Social, Asesoría Legal y Popular (C.I.S.A.L.P.) Piedras 482 4º“M” Ciudad de Buenos Aires Martes y viernes de 14 a 16 hs 4342-0615 / 4331-9331 
▶ Asamblea Permanente de los Derechos Humanos (A.P.D.H) Callao 569 3er cuerpo. Ciudad de Buenos Aires Martes y viernes de 14 a 18 hs 4374-4382 / 4373-0397 / 4374-8594 
▶ Centro de Estudios Legales y Sociales (C.E.L.S.) Piedras 547. Dto 1 Ciudad de Buenos Aires Martes y viernes de 14 a 18 hs 4334-4200 
▶ Secretaría de Desarrollo Económico del Gob. de la Ciudad de Buenos Aires, Defensa del Consumidor Esmeralda 340 Ciudad de Buenos Aires Lunes y Jueves de 10 a 12 hs 4326-3729 
▶ CELS-CAREF Asociación Civil (Comisión Argentina para los Refugiados) J. B. Alberdi 2240 1º piso Ciudad de Buenos Aires Lunes y jueves de 16 a 18 4613-6162
▶ Sede del Colegio de Abogados de San Martín Moreno 4108 (Comisión Derecho Civil) Moreno 4108(Comisión Derecho Civil). Ricardo Balbín 1750 (Comisión Derecho Penal) San Martín, Provincia de Buenos Aires Comisión Derecho Civil: martes y viernes de 8 a 10 hs y lunes y jueves de 18 a 20 hs. Comisión Derecho Penal: lunes y jueves 8 a 10 hs 4713-6407 
▶ Sede del Colegio de Abogados de San Isidro Martín y Omar 339. San Isidro Provincia de Buenos Aires Comisión Derecho Penal: lunes y jueves de 8 a 10 hs Comisión Derecho Civil: martes y viernes de 8 a 10 hs 4732-0303 
▶ Sede San Miguel Universidad de Gral. Sarmiento. Julio A. Roca 850. San Miguel, Provincia de Buenos Aires Lunes y jueves de 14 a 16 
▶ Sede Zárate-Campana French 222 Lunes y jueves de 16 a 19 
▶ Sede Moreno Padre Varvello 4800 (esq. Roma) Paso del Rey Lunes y jueves de 16 a 18 hs 
▶ C.U.D. Bermúdez 2651. Ciudad de Buenos Aires Martes y viernes de 15 a 18 hs 4566-8710 
▶ C.G.P. N° 3 / cgp03buenosaires.gov.ar Suárez 2032. Ciudad de Buenos Aires Lunes y jueves de 16 a 18 4307-0774
▶ C.G.P. N° 5 / cgp05buenosaires.gov.ar Del Barco Centenera 2906 Ciudad de Buenos Aires Martes y jueves de 16 a 18 4918-8920 int. 311 
Colegio Público de Abogados de la Capital Federal Uruguay 412, 2 piso. Ciudad de Buenos Aires Asesoramiento Civil: Entrega de números de lunes a viernes a las 8:30. Atención a partir de las 10:00 horas 
  • Asesoramiento Penal: Entrega de números los martes y jueves a las 13. Atención a partir de las 14 horas 
  • Asesoramiento previsional: Entrega de números los miércoles a las 13 horas. Atención a partir de las 14 4379-8700 interno 249
No te agarres de cualquier cosa. Lo primero es encargarte de tu situación procesal, llamando a un abogado para que pueda brindarte patrocinio letrado y de esta forma ver si estas hasta las manos con tú causa. 
Si llegaste hasta acá te agradezco por leer y te sugiero que guardes esta nota por si alguna vez, (Dios no quiera) tenes que echar mano a la misma para saber como moverte. Parte de nuestro deber cívico es conocer nuestros derechos y obligaciones para no quedar a expensas de quien detenta la autoridad. No seas pasivo ante la ley, está a tu servicio.